Juicio a Nicolás Maduro: conozca las diversas acciones emprendidas ante la justicia de EE. UU. para liberar al exdictador venezolano

El juicio a Nicolás Maduro se libra por distintos frentes, uno de ellos un tribunal federal de Texas, donde a través de distintas vías procuran librar al exdictador venezolano y a su esposa, Cilia Flores, del proceso judicial en el que se les acusa por narcoterrorismo.

Ejemplo de esto fue una petición de hábeas corpus fue presentada ante a favor de Nicolás Maduro Moros y Cilia Flores, por Gabriel Sánchez bajo la figura de «próximo amigo», recurso interpuesto bajo el alegato de que dichos individuos se encuentran bajo custodia ilegal de las autoridades estadounidenses.

Los demandantes exigen la revelación inmediata de su ubicación, el cese de cualquier traslado secreto y su liberación o procesamiento judicial formal. La solicitud sostiene que la detención carece de fundamento estatutario y viola los principios del debido proceso establecidos en la Constitución. Además, se incluyen mociones de alivio de emergencia para garantizar el acceso a defensa legal y protección consular.

Asimismo, en el mismo tribunal, a principios de febrero, el juez de la causa dictaminó el rechazo de una solicitud presentada por Nicolás Maduro Moros y otros peticionarios que buscaban modificar una sentencia previa. El tribunal concluyó de manera definitiva que los demandantes no presentaron pruebas suficientes para justificar una reparación legal.

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Petición de Habeas Corpus de Maduro y Flores

El 16 de enero de 2026, ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Texas-División de Fort Worth, Gabriel Sánchez, bajo la figura de «próximo amigo» con el argumento de que los detenidos no pueden acceder al tribunal ni comunicarse libremente, presentó una petición legal de Habeas Corpus a favor de Nicolás Maduro Moros y Cilia Flores.

La solicitud alega que Maduro Moros y Flores fueron capturados por fuerzas estadounidenses y se encuentran bajo custodia de los Estados Unidos en una ubicación no revelada. Exigían la divulgación inmediata del lugar de custodia, una orden de no traslado y la presentación de los detenidos ante el tribunal para determinar la legalidad de su aprehensión.

Gabriel Sánchez actúa como «próximo amigo», una figura legal utilizada cuando los interesados directos están imposibilitados de presentar la petición por sí mismos para preservar su libertad.

La demanda recaía contra las máximas autoridades del ejecutivo y fuerzas de seguridad de EE. UU., a saber, Pamela Bondi, procuradora general, el secretario de Defensa, el comandante del Comando Sur de los Estados Unidos (SOUTHCOM), el Servicio de Alguaciles de los Estados Unidos (USMS), los custodios desconocidos, lo que incluye al alcaide John/Jane Doe #1 y otros funcionarios no identificados.

Los cargos

El 16 de enero de 2026, ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Texas-División de Fort Worth, Gabriel Sánchez, bajo la figura de «próximo amigo» con el argumento de que los detenidos no pueden acceder al tribunal ni comunicarse libremente, presentó una petición legal de Habeas Corpus a favor de Nicolás Maduro Moros y Cilia Flores.

La solicitud alega que Maduro Moros y Flores fueron capturados por fuerzas estadounidenses y se encuentran bajo custodia de los Estados Unidos en una ubicación no revelada. Exigían la divulgación inmediata del lugar de custodia, una orden de no traslado y la presentación de los detenidos ante el tribunal para determinar la legalidad de su aprehensión.

Gabriel Sánchez actúa como «próximo amigo», una figura legal utilizada cuando los interesados directos están imposibilitados de presentar la petición por sí mismos para preservar su libertad.

La demanda recaía contra las máximas autoridades del ejecutivo y fuerzas de seguridad de EE. UU., a saber, Pamela Bondi, procuradora general, el secretario de Defensa, el comandante del Comando Sur de los Estados Unidos (SOUTHCOM), el Servicio de Alguaciles de los Estados Unidos (USMS), los custodios desconocidos, lo que incluye al alcaide John/Jane Doe #1 y otros funcionarios no identificados.

Los cargos

La petición de Habeas Corpus se fundamenta en la premisa de que los funcionarios estadounidenses afirmaron públicamente la captura de los peticionarios.

Articula tres cargos:

I. Detención Ilegal (Cargo I)

Argumenta que los respondientes mantienen a los peticionarios sin un estatuto constitucionalmente autorizado y sin la adjudicación requerida por el Artículo III (debido proceso).

II. Ocultamiento y frustración de la jurisdicción (Cargo II)

La retención de la ubicación y la identidad de los custodios se describe como una táctica para frustrar la supervisión del tribunal y el ejercicio del «Gran Recurso».

III. Violación del debido proceso (Cargo III)

Basado en la Quinta Enmienda, alegaban que el transporte, restricción y traslado de los detenidos sin un proceso judicial y estatutario legal constituye una violación directa de sus derechos fundamentales.

Acciones solicitadas

Los peticionarios buscaban acciones inmediatas para evitar el ocultamiento o traslado que pudiera invalidar la petición:

Medida solicitadaDescripción
Orden de mostrar causaExigir que los respondientes produzcan los cuerpos de los detenidos y justifiquen la detención.
Divulgación de emergenciaRevelar de inmediato el custodio, la instalación y cualquier expediente criminal existente.
Orden de no trasladoProhibir el movimiento de los detenidos para preservar la jurisdicción del tribunal.
Acceso legal y consularGarantizar acceso pronto a asesores legales designados, familiares o autoridades consulares, así como a la Cruz Roja (ICRC).
Cargos o liberaciónEstablecer un cronograma para presentar cargos formales o liberar a los detenidos conforme al debido proceso.

Decisión judicial

El 2 de febrero de 2026, el juez, Reed O’Connor, titular del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Texas, División de Fort Worth, emitió una orden judicial definitiva en el caso Nicolás Maduro Moros, et al. v. Estados Unidos de América, et al. (No. 4:26-CV-062-O) en la que denegó de manera categórica las mociones presentadas por los peticionarios para alterar o enmendar el juicio.

Igualmente, negó la solicitud alternativa de divulgación limitada y transferencia. La decisión se fundamenta en la determinación del tribunal de que no se establecieron motivos legales suficientes para otorgar el alivio solicitado.

La orden del juez O’Connor rechazó la moción para alterar o enmendar el juicio, un tipo de recurso legal que suele buscar la revisión de una sentencia ya dictada, pero en este caso, el tribunal no encontró méritos para proceder con cambios en la decisión previa.

El tribunal concluyó la falta de evidencia o argumentos legales por parte de los peticionarios y confirma la ratificación del juicio vigente, cerrando las vías de alteración, enmienda o transferencia solicitadas por Nicolás Maduro Moros y los demás peticionarios en esta instancia específica.

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