Un proyecto de resolución presentado por demócratas de izquierda en la Cámara de Representantes busca obligar al presidente Trump a retirar tropas estadounidenses de operaciones militares en el Caribe Sur que tiene como objetivo luchar contra el narcotráfico. El texto invoca la War Powers Resolution para marcar límites a la autoridad ejecutiva y reabrir un viejo debate constitucional: ¿es el Congreso o el Presidente quien decide cuándo EE.UU. entra en guerra?‘

Tras los recientes ataques militares ordenados por la Casa Blanca contra embarcaciones vinculadas al narcotráfico en el Caribe Sur, un grupo de congresistas radicales demócratas presentó una resolución concurrente bajo la War Powers Resolution de 1973 para exigir el retiro de fuerzas estadounidenses de “hostilidades no autorizadas”. La medida, presentada por la representante Ilhan Omar y otros miembros del ala progresista, subraya cuatro límites legales que, según sus autores, el Ejecutivo ha ignorado.
1. Una etiqueta de “terrorista” no autoriza la guerra.
El texto aclara que las designaciones como Foreign Terrorist Organization (FTO) o Specially Designated Global Terrorist (SDGT) no confieren por sí mismas autoridad para usar la fuerza militar contra nuevos grupos. La resolución aplica esta restricción a las organizaciones transnacionales designadas después del 20 de febrero de 2025, cerrando la puerta a un “cheque en blanco” para operaciones armadas.
2. Las autorizaciones de 2001 y 2002 tienen límites.
Desde los atentados del 11-S y la guerra en Irak, las administraciones sucesivas han usado los AUMF de 2001 y 2002 como justificación para operaciones globales. La nueva resolución afirma que esos textos no amparan ataques contra Venezuela ni contra organizaciones criminales designadas recientemente, y denuncia la “elasticidad” con la que se han invocado para justificar nuevas campañas militares.
3. El narcotráfico no es una excusa legal para hostilidades.
Aunque el combate al narcotráfico es considerado un asunto de seguridad nacional, la resolución recuerda que no cumple con el estándar legal de “ataque” que permite al Presidente actuar sin autorización previa del Congreso. “El tráfico de drogas no constituye por sí mismo un ataque armado ni amenaza inminente”, señala.
4. Operaciones abiertas e indefinidas.
El informe oficial de la Casa Blanca sobre las operaciones en el Caribe admitió que “no es posible en este momento saber el alcance y duración de las operaciones necesarias” y que “las fuerzas permanecen en posición para realizar nuevas acciones militares”. Para los legisladores, este tipo de lenguaje crea “hechos consumados” y reduce al Congreso a un simple financiador de conflictos ya iniciados.
El nudo constitucional: ¿obligatoria o simbólica?
Aunque la War Powers Resolution autoriza en su sección 5(c) que el Congreso ordene la retirada de tropas mediante resolución concurrente, su constitucionalidad es discutida desde que la Corte Suprema, en INS v. Chadha (1983), invalidó los vetos legislativos sin presentment al Presidente. Muchos juristas sostienen que, tras Chadha, una concurrent resolution no basta para obligar al Ejecutivo; sería necesario aprobar una joint resolution o ley que el Presidente pueda firmar (o vetar).
En la práctica, esto significa que, incluso si ambas cámaras aprueban la resolución, Trump podría ignorarla o vetar una versión conjunta, forzando a los legisladores a buscar dos tercios de los votos para anularlo —algo políticamente difícil.
Instrumento político vs. freno jurídico real.
En este contexto, la resolución funciona más como un instrumento político que como un mandato legal definitivo. Pone presión mediática sobre el Presidente, reaviva el debate sobre la autoridad de guerra y obliga a audiencias y comparecencias, pero carece de certeza jurídica para paralizar la operación. Para un control efectivo, el Congreso tendría que aprobar una ley o joint resolution más robusta o litigar el asunto en tribunales, enfrentándose a la doctrina de “cuestión política” que suele frenar este tipo de demandas.
Un viejo debate con nueva urgencia.
La medida es, en esencia, un recordatorio del artículo I de la Constitución, que otorga al Congreso el poder de declarar la guerra. Reafirma principios existentes más que innovar jurídicamente, pero en un contexto de amenazas difusas y actores no estatales, reabre la pregunta: ¿es viable el proceso deliberado del siglo XVIII para los conflictos del siglo XXI, o deja un vacío que los presidentes inevitablemente llenan?