Corte de apelación falla en contra de Crystallex en caso de Citgo-Pdvsa

Por Maibort Petit
@maibortpetit
El Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito de los Estados Unidos denegó la apelación interpuesta por la empresa canadiense Crystallex que buscaba la realización de una nueva audiencia para estudiar su demanda transferencia fraudulenta contra la estatal petrolera venezolana PDVSA.
La compañía minera aspiraba la reconsideración de su caso pero la petición de nueva audiencia no encontró eco en los jueces que participaron en la decisión del referido tribunal ni en todos los demás magistrados de circuito. Según se informó ningún juez que concurrió en la decisión ha pedido una nueva audiencia y la mayoría de los jueces del circuito en el servicio regular no han votado para volver a escuchar la petición por lo que la Corte en pleno deniega la petición.

Establecer que el gobierno de Venezuela y Petróleos de Venezuela, S.A. habían transferido fraudulentamente miles de millones de dólares de activos de Citgo y habían retirado efectivo de los Estados Unidos era la estrategia a la que había recurrido la minera Crystallex en un intento por recuperar parte de su inversión en Venezuela luego de haber sido objeto de expropiación por el gobierno del entonces presidente Hugo Chávez Frías.

Crystallex presentó originalmente esta demanda durante el mes de noviembre de 2015 acogiéndose para a ello en lo establecido en la Ley Uniforme de Transferencia Fraudulencial (DUFTA) de Delaware, por lo cual recibió un revés cuando los jueces decidieron 2-1 en la Corte Federal de Apelaciones del Tercer Circuito (Delaware, Pensilvania, Nueva Jersey y las Islas Vírgenes) el 3 de enero.

La empresa canadiense, entonces, solicitó la realización de una nueva audiencia en banc ante la totalidad de los jueces —alrededor de 12 magistrados activos y pueden sumarse jueces superiores— cuyo voto es absolutamente necesario para que la petición se aprobada. Hay que apuntar que, por ejemplo, el juez senior, Julio Fuentes, escribió la posición disidente de Crystallex, mientras la jueza principal, Marjorie Rendell, escribió la opinión de la mayoría de los jueces.  Ahora bien, como jueces sénior, ni Rendell ni Fuentes, lograron obtener un voto favorable.

En este tribual solamente fue posible escuchar 18 casos bajo estas condiciones —sala plena— desde 2010 hasta 2015. Es decir, uno de cada mil casos que allí se reciben.

Y si bien el caso Crystallex es interesante para una determinada audiencia, el mismo a los ojos del tribunal, no reviste la importancia para escucharlo en banc y es visto únicamente como un asunto de interpretación de  la ley estatal. Y es que en el Tercer Circuito solamente han logrado llegar al estado en banc los casos que suponen una anulación de un precedente anterior, algo que no ocurre en el caso presentado por la minera canadiense.

La empresa, por otra parte, ha presentado ante el juez principal del Tribunal Federal de EE. UU. en Delaware, Leonard Stark, una argumentación que sostiene que PDVSA es un alter ego de la República Bolivariana de Venezuela, a objeto de poder embargar bienes de la petrolera estatal si el país no cancela a la compañía las reparaciones por expropiación dictaminadas por el Ciadi.

El juez Stark ordenó a Crystallex y PDVSA que resuelvan algunos problemas en un término de inmediatez.

La orden reza: “Se ordena que, a más tardar el 6 de febrero de 2018, las partes deberán presentar informes simultáneos que no excedan cinco (5) páginas cada uno, que aborden: (1) el estándar probatorio que Crystallex debe cumplir para demostrar su reclamo de alter ego y superar la presunción de separación de Bancec, y (2) si las acciones de PDVH se utilizan para una actividad comercial y no son de naturaleza meramente comercial. Los resúmenes de cartas responsivas, que no excedan las tres (3) páginas cada una, se archivarán a más tardar el 8 de febrero de 2018. ORDENADO por el juez Leonard P. Stark el 1/31/18. (ntl) (Introducido: 31/01/2018)”.

Es necesario apuntar que la naturaleza y el sesgo de las preguntas no son un buen augurio para Crystallex por lo que los alegatos que presenten los abogados serán determinantes para el desarrollo de este caso.

Finalmente, la decisión no favoreció a Crystallex:

“Este Tribunal ordena que la negociación, ejecución, entrega o cumplimiento del acuerdo de liquidación por parte del solicitante u otras personas no creará ni se considerará que constituya una infracción de ninguna ley aplicable, y el solicitante u otras personas no tendrán ninguna obligación de pagar a cualquier persona como resultado de la negociación, ejecución, entrega o ejecución del acuerdo del arreglo”.

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