El juicio a Nicolás Maduro entra en ebullición por la controversia surgida en torno a los gastos de defensa del exdictador venezolano quien aseguró que tiene derecho a que el gobierno de Venezuela pague los honorarios del abogado que lo representa en el proceso judicial por narcoterrorismo que enfrenta en un tribunal federal de Nueva York.
En declaración jurada nante el Tribunal para el Distrito Sur de Nueva York, Nicolás Maduro afirma haber contratado al abogado, Barry J. Pollack, para que lidere su representación jurídica en este proceso penal. Sostiene que, bajo la normativa de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado venezolano tiene que sufragar su defensa. Maduro manifiesta no contar con los recursos propios para costear estos servicios y ofrece entregar una declaración financiera si el tribunal lo requiere.
Por su parte, Barry J. Pollack, quien hasta los momentos actúa como defensa legal de Maduro, también mediante una declaración legal ante la corte, fundamentó la moción de desestimación de a acusación contra su defendido con la presentación de licencias de la OFAC que autorizan a los abogados a recibir pagos por servicios legales a pesar de las sanciones vigentes contra Venezuela.
Maduro asegura ser el legítimo presidente de Venezuela
El 18 de febrero de 2026, Nicolás Maduro presentó una declaración jurada ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York en la que asegura tener derecho a que el gobierno de Venezuela pague los gastos de su defensa en razón de que él es el presidente de la república.
Ente el tribunal declara que designó a Barry Pollack como se representante legal en el proceso judicial que enfrenta. Asimismo, declara su incapacidad financiera para costear su defensa y manifiesta su expectativa de que el Estado venezolano asuma dichos costos.
Así tenemos:
- Representación legal: Maduro ratifica a Barry J. Pollack y al bufete Harris St. Laurent & Wechsler LLP como su defensa de elección.
- Insolvencia declarada: Maduro afirma bajo pena de perjurio que no posee los medios económicos para financiar su propia defensa legal.
- Obligación del Estado: Maduro invoca el derecho, bajo las leyes y prácticas de la República Bolivariana de Venezuela, a que el gobierno nacional sufrague los costos legales del proceso.
- Disposición de prueba: Maduro manifiesta su voluntad de presentar una declaración jurada financiera si el Tribunal así lo requiere para demostrar su incapacidad de pago.
En su declaración jurada, Nicolás Maduro enfatiza que Barry Pollack es su «abogado de confianza» y expresa el deseo explícito de que continúe representándolo.
Maduro sostiene que el gobierno de Venezuela está dispuesto a financiar su defensa y declara que su expectativa es que así ocurra.
Declaración jurada de Barry Pollack
Entretanto, el 26 de febrero de 2026, Barry Pollack, también presentó una declaración jurada ante el Tribunal para el Distrito Sur de Nueva York en la que anexa licencias de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) para autorizar el pago de honorarios legales.
Acusa la modificación sustancial entre la licencia inicial emitida el 9 de enero de 2026 y una licencia enmendada emitida apenas tres horas después, la cual restringió significativamente las fuentes de financiamiento permitidas, excluyendo explícitamente los fondos provenientes del Gobierno de Venezuela que habían sido autorizados inicialmente.
Los hechos narrados por Pollack:
- 5 de enero de 2026: presentación oficial de la notificación de comparecencia como abogado defensor.
- 7 de enero de 2026: solicitud formal ante la OFAC para obtener licencias que permitan la recepción de fondos destinados a la defensa legal de Maduro y su esposa y coacusada, Cilia Adela Flores de Maduro.
- 26 de febrero de 2026: declaración de Pollack en apoyo a una moción para desestimar la acusación, alegando interferencia del Gobierno de los Estados Unidos con los derechos de la Sexta Enmienda y el Debido Proceso, o, en su defecto, para solicitar el retiro de la defensa.
Las licencias de la OFAC
En su declaración, Pollack presenta al tribunal dos versiones de la licencia bajo las Regulaciones de Sanciones a Venezuela y Órdenes Ejecutivas relacionadas; las entidades y personas autorizadas.
Refiere que la autorización para proveer servicios legales y recibir pagos se extiende a:
- Miller & Chevalier.
- Harris St. Laurent & Wechsler LLP.
- Barry J. Pollack y las oficinas legales de Barry J. Pollack.
- Socios, empleados, consultores y otras personas estadounidenses retenidas para asistir en la defensa.
Evolución de las Licencias (9 de enero de 2026)
| Característica | Licencia Original (No. MUL-2026-1449494-1) | Licencia Enmendada (No. MUL-2026-1449494-2) |
| Hora de emisión | 3:18 p. m. | 6:05 p. m. |
| Fecha de expiración | 7 de enero de 2028 | 30 de enero de 2028 |
| Fuentes de pago autorizadas | Fondos propios del cliente, fondos conjuntos con su esposa y/o fondos del Gobierno de Venezuela. | Fondos propios del cliente y/o fondos conjuntos con su esposa únicamente. |
| Efecto | Limitado a las transacciones de la solicitud. | Reemplaza y deroga la licencia anterior en todos sus aspectos. |
Restricciones y condiciones de financiamiento
Muestra que la Licencia Enmendada introdujo condiciones estrictas en su sección 2, las cuales delimitan el origen del capital permitido para la defensa:
- Prohibición de origen estadounidense: los pagos no deben originarse en una fuente dentro de los Estados Unidos.
- Control de personas de EE. UU.: no se permiten fondos de fuentes fuera de EE. UU. que estén en posesión o bajo control de una «persona de los Estados Unidos» (a menos que sean del cliente o su esposa).
- Activos bloqueados: se prohíbe explícitamente la transferencia de cualquier propiedad bloqueada o el uso de fondos provenientes de entidades o individuos cuyos intereses estén bloqueados por órdenes ejecutivas, exceptuando al Cliente y su esposa.
Al limitar las fuentes de financiamiento originalmente solicitadas y autorizadas —excluyendo al gobierno de Venezuela en la enmienda final—, la defensa plantea un conflicto respecto a la capacidad de ejercer el derecho constitucional a una defensa efectiva y la continuidad de la representación legal bajo las condiciones actuales.
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