Estas son las desesperadas medidas adoptadas por PDVSA para intentar detener el éxodo de sus trabajadores.

Por Maibort Petit
@maibortpetit

Una de las expresiones más contundentes de la crisis venezolana ha sido el éxodo de la población hacia otras latitudes en búsqueda de las oportunidades y posibilidades de desarrollo que en el país se le niega en razón al deterioro que el aparato productivo ha experimentado en los últimos años. Ahora bien, esta migración se replica incluso a lo interno en la principal empresa del país, a saber Petróleos de Venezuela S.A., donde ha ocurrido y sigue ocurriendo una verdadera estampida de trabajadores que, o bien salen del país o simplemente deciden abandonar la que en otros tiempos fue considerada la mejor plaza laboral para preferiblemente independizarse en una nación en la que el salario ha perdido casi por completo su poder adquisitivo.

Para frenar este éxodo, en PDVSA se recurre a la implementación de algunos incentivos dirigidos a retener a la masa laboral que merma día con día de manera acelerada. En esta entrega presentamos a nuestros lectores la que, sin duda alguna, sólo es una medida desesperada que busca detener la deserción laboral que experimenta la empresa estatal y que contribuye junto a la falta de políticas adecuadas, la errada estrategia de mercado y la desinversión, entre otros, a la vertiginosa caída de la producción petrolera venezolana.

Cabe destacar que ante la magnitud de la crisis económica que experimenta Venezuela, los incentivos aprobados este mes de agosto por la estatal resultan insuficientes al comparecerle con el alto índice inflacionario que destruye en poder de compra de los venezolanos.

Los incentivos

Un documento emanado del Ministerio del Poder Popular de Petróleo fechado en agosto de 2019 muestra los incentivos para los trabajadores de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA).
En el documento se indica que por lineamiento dictado desde el Ministerio del Poder Popular de Planificación, fue aprobada la implementación de un conjunto de incentivos dirigidos a los trabajadores de la estatal petrolera venezolana y sus filiales no petroleras, los cuales se harán efectivos a partir del 1° de agosto del presente año 2019.

A saber, tales incentivos serían una prima de antigüedad, una prima de profesionalización y una prima por hijo.

Prima por antigüedad

Para recibir el incentivo de prima por antigüedad, es necesario que los trabajadores de la nómina contractual y de la nómina no contractual tengan al menos un año de servicio cumplido.

La antigüedad, indica el documento, está referida a la cantidad de años enteros calculados desde la última fecha de ingreso del trabajador a la empresa (fecha IPPCN) hasta el último día del mes anterior al cálculo.

Se advierte que el monto de la compensación adicional es gravable, a los fines del Impuesto Sobre La Renta (ISLR), considerándosele como salario solamente para los efectos de cálculo de las vacaciones, utilidades anuales, aporte al Fondo de Ahorro y Prestaciones Sociales.

Cálculo de la prima de antigüedad

El monto que los trabajadores elegibles para recibir la prima de antigüedad se calcularán de acuerdo a un porcentaje específico aplicable a los años de servicios aplicados al salario básico devengado por el trabajador.

El porcentaje aplicado para los trabajadores con 0 años de servicio será de 0 por ciento; con un año de servicio será de 1,0 por ciento; con 2 años de servicio será de 2,0 por ciento; con 3 años de servicio será de 3,0 por ciento; con 4 años de servicio será 4,0 por ciento; con 5 años será de 5,0 por ciento.

A partir de los 6 años el porcentaje experimenta un incremento y se ubica en 6,2 por ciento; con 7 años 7,4 por ciento; con 8 años será de 8,6 por ciento; con 9 años será de 9,8 por ciento; con 10 años será de 11,0 por ciento; con 11 años será de 12,4 por ciento.

Con 12 años de servicio el porcentaje a aplicar será de 13,8 por ciento; con 13 años será de 15,2 por ciento; con 14 años será de 16,6 por ciento; con 15 años será de 18,0 por ciento; con 16 años será de 19,6 por ciento; con 17 años el porcentaje será de 21,2 por ciento; con 18 años será de 22,8 por ciento; con 19 años será de 24,4 por ciento; con 20 años el porcentaje aplicado será de 26,0 por ciento; con 21 años será de 27,8 por ciento; 22 años será de 29,6 por ciento.

A los trabajadores con 23 años de servicio o más se les aplicará un porcentaje de 30,0 por ciento.
Se ejemplifican dos casos para explicar el cáculo de la prima por antigüedad, el primero referido a un trabajador cuyo ingreso a la empresa el 13 de abril del 2009, el incentivo por este concepto a pagar al mes de agosto del 2019 se calculará al 31 de julio del referido año, estableciéndose que tiene 10 años, 3 meses y 19 días de servicio, correspondiéndole que se le reconozcan 10 años enteros de servicio y, por tanto, un pago de 11 por ciento del salario básico.

El segundo ejemplo hace mención al caso de un trabajador con ingreso el 5 de julio de 1989 que, a agosto del 2019, tiene una antigüedad reconocida al 31 de julio del citado año, es decir 30 años y 27 días de servicio. Por tanto, se le reconocen 30 años y le corresponde un pago de 30 por ciento del salario básico por prima de antigüedad.

Prima por profesionalización

El incentivo por prima de profesionalización se le cancelará a todo trabajador de la nómina contractual y de la nómina no contractual desde el primer mes de ingreso a PDVSA, premiando el logro académico de quienes certifiquen dicha profesionalización con su respectivo título.

El monto de esta compensación adicional es gravable, a los fines del Impuesto Sobre La Renta (ISLR), considerándosele salario sólo para los efectos de cálculo de las vacaciones, utilidades anuales y el aporte al Fondo de Ahorro y Prestaciones Sociales.

El cálculo de la prima de profesionalización o certificación de saberes se obtendrá de aplicar al salario básico el porcentaje correspondiente que, a saber será de 10 por ciento para los artesanos; de 12 por ciento para los técnicos superiores universitarios; de 14 por ciento para los profesionales; de 16 por ciento para los especialistas; de 18 por ciento para maestrías; y de 20 por ciento para doctorados.
Se advierte que cuando el trabajador posea varios títulos académicos o certificados de saberes, se pagará una sola prima con base al título o certificado de mayor nivel.

Como ejemplo del cálculo de este incentivo se pone el caso de un trabajador en el año 2008 obtuvo el título Licenciado en Administración, en 2011 realizó una maestría en Gerencia Empresarial y en 2015 se graduó de abogado, se le pagará por concepto de prima de profesionalización el título de mayor nivel, es decir, el de maestría, y no el último obtenido.

Prima por hijo

Los trabajadores de la nómina contractual y de la nómina no contractual desde el primer mes de ingreso a la PDVSA que tenga al menos un hijo cuya edad sea menor o igual a 18 años, serán elegibles para recibir el incentivo de prima por hijo.

Igualmente, se cancelará el beneficio a quienes tengan hijastros, siempre y cuando el padre o madre distinto al conyugue o concubino del trabajador de la empresa haya fallecido o haya sido declarada judicialmente con incapacidad económica para cumplir con la manutención del menor.

El monto de esta compensación adicional es gravable a los fines del Impuesto Sobre La Renta (ISLR) y se considera salario solamente para los efectos de cálculo de las vacaciones, utilidades anuales y aporte al Fondo de Ahorro y Prestaciones Sociales.

El monto de la prima será de Bs. 10.000 por cada hijo debidamente inscrito en los registros de la empresa.

Se advierte que el pago de la prima no se encuentra condicionado a que el cónyuge o concubino trabaje en PDVSA y los tenga en su registro familiar.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *