Conozca la acusación sellada contra Hugo “El Pollo” Carvajal Barrios: documento fundamental para la emisión de la sentencia

Tras la admisión de culpabilidad de Hugo “El Pollo” Carvajal Barrios de todos los cargos de narcoterrorismo ante el juez juez, Alvin K. Hellerstein, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, se iniciaron una serie de procedimientos judiciales que culminarán el 29 de octubre de 2025, cuando se de lectura a la sentencia por parte del magistrado.

En esta entrega damos a conocer la acusación sellada contra el exjefe de inteligencia y contrainteligencia del chavismo y de los cargos de que se le acusa, información fundamental para que el juez Hellerstein establezca la pena a cumplir. Como ya se ha apuntado, la admisión de culpabilidad de Carvajal Barrios echa por tierra la desestimación de la existencia del Cartel de los Soles y la vinculación del Estado venezolano con el crimen organizado.

La acusación formal de un gran jurado por parte del Distrito Sur de Nueva York contra Hugo “El Pollo” Carvajal Barrios y de los cargos admitidos de narcoterrorismo y conspiración. Partiendo de allí, los argumentos de la sentencia se presentarán dos semanas antes de la sentencia y la fiscalía deberán entregar los suyos una semana antes de la misma.

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Acusación formal contra Hugo “El Pollo” Carvajal Barrios

La acusación se centra en presuntas actividades de narcotráfico y conspiración ahora admitidas por Hugo “El Pollo” Carvajal Barrios y los puntos clave de la misma.

Dicha acusación formal establece que Hugo “El Pollo” Carvajal Barrios, junto con otros individuos, «ilegalmente, intencional y a sabiendas, conspiró, confederó y acordó juntos y con cada uno de los otros, violar las leyes de narcóticos de los Estados Unidos».

Una conspiración que se remonta a abril de 2006, la cual involucró el intento de «distribuir una sustancia controlada, con la intención y el conocimiento de que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos o en aguas a menos de 12 millas de la costa de los Estados Unidos».

La cantidad de sustancia controlada involucrada en la ofensa fue de «cinco kilogramos o más de mezclas y sustancias que contienen una cantidad detectable de cocaína».

Se establece que, como parte de la conspiración, Carvajal-Barrios coordinó en Venezuela el 10 de abril de 2006, el transporte de aproximadamente 5.600 kilogramos de cocaína de Venezuela a México.

Alegación de decomiso

La acusación contempla el decomiso de cualquier propiedad que sea el resultado de la ofensa.

Por ello, se busca el decomiso de «todo y cualquier propiedad constitutiva y derivada de cualquier producto que el demandado obtuviera directa e indirectamente como resultado de dicha violación y cualquier y toda propiedad usada y destinada a ser usada de cualquier manera o parte para cometer y facilitar la comisión de la violación alegada en el Cargo Uno de esta Acusación, incluyendo, pero no limitado a, una suma de dinero que representa el producto de los ingresos obtenidos como resultado de la ofensa descrita en el Cargo Uno de esta Acusación».

La acusación también contempla la posibilidad de decomisar «bienes sustitutos» si la propiedad original no puede ser localizada o recuperada.

Tal circunstancia aplica si la propiedad:

  • «no puede ser localizada mediante el ejercicio de la debida diligencia»,
  • «ha sido transferida o vendida a un tercero»,
  • «ha sido colocada fuera de la jurisdicción del tribunal»,
  • «ha disminuido sustancialmente de valor», o
  • «ha sido mezclada con otra propiedad que no puede ser dividida sin dificultad».

En tales casos, la intención es «buscar el decomiso de cualquier otra propiedad del demandado hasta el valor de la propiedad decomisable».

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