Crystallex llega a acuerdo con el gobierno de Venezuela sobre la deuda de $ 1.2 mil millones de dólares

La cruenta batalla legal y por todos los flancos, sostenida entre la empresa canadiense que en 2002 había obtenido los derechos de explotación de la mina “Las Cristinas” y el estado venezolano, parece haber llegado a su fin en virtud de que las partes habrían llegado a un acuerdo de conciliación cuyos términos son un absoluto secreto. Parte de lo convenido es que con la suscripción del trato, Crystallex debe desistir de todas las acciones legales que ha emprendido contra el gobierno venezolano para la recuperación de sus activos.

Por Maibort Petit
@maibortpetit
Bajo términos que nadie conoce, pues permanecen en el más estricto secreto sembrando más dudas que las que despejan, la firma canadiense Crystallex International y el gobierno de Venezuela llegaron a un acuerdo para resolver una disputa de $ 1.2 mil millones generados por la nacionalización de los activos de la empresa en Venezuela.


El juez de la Corte Superior de Ontario, Toronto Glenn Hainey aprobó el acuerdo el viernes después de que fuera anunciado dos días antes a través de representaciones en Canadá. Las partes del acuerdo permanecen selladas, incluido el monto a pagar.

Crystallex que reclamaba el pago de 1 mil 400 millones de dólares por concepto de la expropiación a su filial minera en Venezuela por la explotación de la mina “Las Cristinas” en oriental Estado Bolívar, luego de que una corte de los Estados Unidos confirmara el fallo de un órgano de arbitraje del Banco Mundial (BM) que estableció que el gobierno venezolano debía indemnizar a la empresa por el despojo sufrido en 2008.

El consorcio había obtenido en 2002 los permisos para explotar la mina de oro “Las Cristinas”, un yacimiento con reservas de oro por el orden de los 464 millones de toneladas, estimado como uno de los depósitos más grandes del mundo. Sin embargo la medida adoptada por el gobierno de Hugo Chávez significó el inicio de una pugna que se ha mantenido hasta la fecha. Cabe destacar que luego de haberle retirado los derechos de explotación a la empresa canadiense, Venezuela anunció en 2012 un acuerdo con la estatal china Citic Group.

El misterioso acuerdo

Al trato habrían llegado las partes el pasado 15 de noviembre, cuando Crystallex —por intermedio de Counsel—  y el gobierno venezolano establecieron los términos del acuerdo de conciliación que ahora sus abogados presentan ante un tribunal Superior de Ontario para su aprobación.

Fueron meses de conversaciones y negociaciones que concluyeron cuando el 20 de noviembre, el director de Crystallex, Harry Near, recibió la versión oficial firmada y sellada del Acuerdo.

Near manifestó su beneplácito pues “la cantidad de recuperación que Crystallex alcanzará en virtud del acuerdo de conciliación es extraordinaria en comparación con el monto de la compensación, y entiendo que este puede ser el acuerdo más grande que Venezuela haya acordado en relación con un laudo arbitral”.

Lo que se ha podido conocer es que el gobierno de Venezuela pagará a Crystallex una cantidad específica de la compensación más intereses, los cuales serán cancelados en cuotas, la inicial, seguida de unas mensuales, para luego pagar unas cuotas anuales hasta que se haya cubierto totalmente el monto de liquidación.

No se pudo conocer cuándo sería la fecha exacta de la primera cuota a cancelar, sólo que esto procederá únicamente cuando se hayan cumplido algunas condiciones del acuerdo, tras lo cual Crystallex deberá suspender todas las acciones y procedimientos legales que haya iniciado para hacer cumplir el Laudo, comprometiéndose a no tomar nuevas acciones relativas al mismo.

Eso sí, para que esto se cumpla de esta manera, el gobierno venezolano deberá cumplir al pie de la letra sus obligaciones de pago tal como quedaron establecidas en el acuerdo de conciliación, pues de no hacerlo Crystallex recuperaría sus derechos y podría reiniciar todas las acciones legales suspendidas por el referido  acuerdo, así como a comenzar nuevos procedimientos tendentes a lograr el cumplimiento, advirtió Near.

Más allá de estas generalidades ha sido imposible conocer más detalles sobre el acuerdo de conciliación, toda vez que el mismo contiene un conjunto de normas de confidencialidad que deben cumplirse estrictamente e impiden la divulgación de los pormenores de las negociaciones que condujeron al acuerdo y a los términos del mismo.

Venezuela ha tratado de blindarse con todas estas normas de confidencialidad, puesto que aún enfrenta reclamos por cientos de miles de dólares en acreencias.

El secreto ha quedado refrendado con el sello y conformidad de un tribunal que ha emitido una orden de mantener en la reserva las singularidades relativas a la liquidación, las cuales no podrán hacerse públicas por ningún concepto.

Del Acuerdo de liquidación sólo es conocido por las partes interesadas, sus representantes legales y se ha dado a conocer a los titulares de los bonos de la Sociedad y a los accionistas, de conformidad con los términos de los acuerdos de confidencialidad establecidos.

La política agresiva de Crystallex

Crystallex ha mantenido una agresiva política y estrategia contra Venezuela en reclamo de sus acreencias. Sus abogados demandaron en agosto a Venezuela. Petróleos de Venezuela y a Citgo.

La empresa canadiense demandó a PDVSA en una corte de Estados Unidos donde exigió que la estatal petrolera venezolana le cancelara la promesa de colocar las acciones de la filial Citgo como colateral de la emisión de bonos 2020.

Cristalex International venía de ganar el juicio arbitral que la hizo adjudicataria de 1,4 millardos de dólares y acudió a una corte distrital en el estado de Delaware, ante la cual argumentó que la promesa de PDVSA de ofrecer 50,1 por ciento de la acciones de Citgo como garantía del nuevo bono era una transferencia fraudulenta.

Crystallex había decidido ampliar sus acciones contra Venezuela al introducir una demanda colectiva contra Petróleos de Venezuela, S.A., PDV Holding y sus filiales y subsidiarias Glas Americas, LLC y Rosneft Trading S.A., ante la Corte del Distrito de Delaware, acusando que la estatal petrolera venezolana llevaba a cabo un conjunto de transacciones fraudulentas  y movimientos accionarios de Citgo para, de esta manera, evitar que se hiciera efectivo el cobro de la deuda de PDVSA con la empresa canadiense como consecuencia de la nacionalización de los activos de la compañía en Venezuela.

En la demanda, Crystallex alega que es uno de los acreedores de las empresas estatales venezolanas y advertía que sus acciones legales continuarían en los Estados Unidos hasta que  lograra cobrar las deudas mil millonarias que el gobierno venezolano mantenía con la compañía, resultado del fallo emitido en su favor por el Ciadi por 1 mil 400 millones de dólares.

En virtud del incumplimiento por parte de Venezuela, Crystallex decidió ampliar sus acciones legales con miras a cobrarse a través apoderarse de la refinería de petróleo que el país posee en Estados Unidos, a saber, Citgo.

Luego Crystallex presentó otra demanda contra PDV Holding Inc. —intermediario entre las compañías— para revertir una oferta de bonos basura que hizo el gobierno venezolano en un intento de restarle valor a Citgo. Estos procedimientos violan la ley de Delaware.

Sostenía Crystallex que las transacciones de PDVSA y PDVH comprometieron todo el valor de Citgo Holding para evadir la posibilidad que las autoridades puedan actuar sobre Citgo, y que Crystallex y sus otros acreedores puedan cobrar las deudas ordenadas por el laudo.

La demanda enmendada asegura que los estados financieros presentados por la empresa en el tribunal de Delaware demostraban que GLAS America LLC —firma que representa a los tenedores de bonos— acordó dar a PDVSA tres años más para pagar 7 mil millones de dólares en deuda, por lo cual recibió un gravamen sobre el 50.1 por ciento de las acciones de Citgo, mientras que Rosneft Trading SA recibió un gravamen sobre el 49,9 por ciento restante.

Anterior a esto, Crystallex había demandado Citgo en 2015, exigiéndole la devolución de 2,8 millardos de dólares. Reclamaron lo que estimaron un procedimiento poco claro por parte de la refinería al traspasarle a PDVSA dividendos especiales. La decisión del tribunal fue desestimar el reclamo a Citgo, pero permitió que el procedimiento se redireccionara a Petróleos de Venezuela.

Para Crystallex el canje de bonos constituye un fraude, toda vez que al momento de hacerlo aún estaba activa la demanda hecha contra PDVSA. La operación consistía en la transferencia de mil millones de dólares de activos de Citgo a la petrolera estatal rusa.
Una investigación permitió establecer que Venezuela había hipotecado el 49,9 por ciento de Citgo a Rosneft a cambio de un préstamo de 1 mil 500 millones de dólares.

Los abogados de Crystallex solicitaron una orden que les permitiera apoderarse de PDV Holding, matriz de la unidad Citgo de Venezuela en los Estados Unidos.

El 9 de junio de 2016 el Tribunal Federal de Distrito de Washington DC, el mismo que confirmó y registró el laudo de arbitraje de 1.4 mil millones de dólares en contra de Venezuela, otorgó a Crystallex la capacidad de iniciar acciones para hacer cumplir su sentencia y apoderarse de los activos de Venezuela.

El tribunal negó en agosto a Venezuela un pedido para suspender la ejecución de la ley pendiente de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos.

Ya en 2017, específicamente el 25 de marzo, el Tribunal Federal en Washington DC confirmó y registró la adjudicación de 1.4 mil millones dólares en contra de Venezuela, pues estimó que los argumentos presentados por el gobierno venezolano son suficientes para anular o modificar el laudo emitido por la Convención de Nueva York.

El antecedente: El juicio del CIADI del Banco Mundial

A raíz de la expropiación de los activos de Crystallex instrumentada por el gobierno del finado, Hugo Chávez, la empresa acudió a las instancias internacionales y en abril de 2014, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial falló a su favor.

El Ciadi decidió que al haber recibido Crystallex un trato injusto por parte de la administración venezolana y la expropiación de sus bienes y la inversión en el proyecto minero “Las Cristinas”, se hacía merecedora del pago de 1 mil 202 millones de dólares más intereses.

Consideró el Ciadi, órgano ante el cual Crystallex acudió el 16 de febrero de 2011, que Venezuela violó un Tratado suscrito entre los gobiernos de Canadá y el país suramericano relativo a la promoción y protección de inversiones.

En tal sentido, la orden del Ciadi fue que Venezuela pagara a Crystallex 1 mil 386 millones de dólares correspondientes a la inversión de 1 mil 202 millones de dólares en la mina el 13 de abril de 2008, fecha cuando el gobierno venezolano negó el permiso ambiental, más daños e intereses anteriores y posteriores a la adjudicación.

El organismo del Banco Mundial consideró que el Ministerio del Medio Ambiente de Venezuela incurrió en una conducta “arbitraria”, “no transparente e incoherente” al negar el permiso a Crystallex.

Estos permisos eran clave para que Crystallex para comenzar las labores de explotación en “Las Cristinas” que la empresa había obtenido en 2002.

Por todos los frentes

Crytallex estaba dispuesta a atacar por todos los frentes al gobierno venezolano con tal de lograr recuperar su dinero.

En tal sentido, en agosto de 2017 consiguió que la Corte del Distrito Sur de Nueva York fallara a su favor al aprobar el embargo de aproximadamente 1 mil 202 millones de dólares que la República Bolivariana de Venezuela mantiene depositados en la cuenta 304314 en el Banco Nueva York Mellow. Se trata de unos fondos que Venezuela tenía destinados a reparar unos buques del Ministerio de la Defensa por parte de la empresa Northrup Grumman Ship Sys., Inc.

En consecuencia, el juez de distrito, Colleen McMahon, remitió a la oficina de Alguaciles (USA Marshal), la autorización a para ejecutar el mandato de la corte y, así, tomar posesión de inmediato del capital y los bienes muebles de la República Bolivariana de Venezuela y sus órganos o subdivisiones que incluyen a los Ministerios de Defensa y Finanzas.

De este modo, el magistrado puso fin a la querella interpuesta por Crystallex International Corporation contra el gobierno venezolano por la expropiación de sus activos en Venezuela por orden de Hugo Chávez Frías.

La decisión advertía que de no encontrarse en Nueva York suficientes bienes venezolanos que poder embargar, Crystallex podía recurrir a procurar otros activos de la República Bolivariana de Venezuela que pudieran ser embargables. La empresa del Canadá quería la reparación específica para embargar los bienes del Estado venezolano utilizados con fines comerciales en los Estados Unidos y en poder del Banco de Nueva York Mellon.

Con este mismo propósito, Crystallex había pedido a la corte el 30 de junio, autorización para emitir avisos de restricción dirigidos a activos comerciales venezolanos en posesión de Nomura Bank International plc y Nomura Securities, Inc. en los Estados Unidos.
Solicitud similar presentó el 5 de julio para emitir avisos de restricción dirigidos a los  activos comerciales venezolanos en posesión de Haitong International Securities (USA) Inc. y Haitong Securities USA LLC.

Como medida preventiva, Crystallex solicitó al tribunal realizar el procedimiento sin que se le participara al deudor previamente a la orden de embargo, para evitar que el gobierno venezolano tomara medidas para transferir o retirar por otras vías los fondos y bienes ubicados en Nueva York y de los Estados Unidos, en general.
Pero…
A pesar de la decisión judicial, Crystallex no logró confiscar los fondos venezolanos en el Mellon Corp, dados los enrevesados trámites administrativos que suponen estos asuntos en los EE. UU.

Los fondos del estado venezolano estaban depósitos en el banco Nueva York Mellon desde 1992 destinados a pagar un contrato de 315 millones de dólares suscrito con la empresa Ingalls Ship building, ahora parte del consorcio Ingalls Industries Inc, para el mantenimiento y reparación de fragatas navales.

Cabe destacar que también Ingalls demandó a Venezuela en un tribunal en Mississippi, lugar donde debieron realizarse las obras del citado contrato de mantenimiento y reparación. De hecho, en 2002, había obtenido una orden judicial evitar que Banco de Nueva York transfiriera los fondos de vuelta a Venezuela.

Entonces Crystallex volvió a actuar en virtud de la tardanza de Venezuela en pagar su deuda y por ello pidió a un Tribunal de Primera Instancia determinar si había transcurrido un plazo razonable desde el pronunciamiento judicial para que la empresa canadiense ejecutara el fallo y, de ser así, se le permitiera registrar la sentencia en otros distritos judiciales de los Estados Unidos.

La Corte Suprema de Justicia aceptó la moción de Crystallex en su totalidad el 9 de junio de 2017. En consecuencia registró la sentencia en Nueva York el 15 de junio 2017.

Crystallex pidió a la Corte la autorización para proceder a la ejecución contra las propiedades de  Venezuela en el Banco Nueva York Mellon.

El 8 de agosto de 2017, la Corte Suprema de Justicia denegó a Venezuela una solicitud contra la sentencia a favor de Crystallex, una decisión que abrió la puerta para la ejecución de la orden de confiscar los fondos colocados por el Estado venezolano en el mencionado banco, los cuales pertenecen al  Ministerio de Defensa de la República de Venezuela e Ingalls Shipbuilding, Inc., ahora Huntington Ingalls Industries.

Pero Venezuela no se ha quedado cruzada de brazos y ha alegado que la cuenta bancaria en referencia se encuentra sujeta al control del estado venezolano, por lo que los pagos hechos a través de dicha cuenta solo pueden hacerse con la aprobación de la República, según un acuerdo firmado por entre el gobierno venezolano y el banco.

Según los estatutos de la cuenta, la República de Venezuela es el único beneficiario de los fondos y existe expresamente una renuncia a la existencia de terceros beneficiarios.

Venezuela ha querido establecer una diferenciación entre la República de Venezuela y el Ministerio de la Defensa, pero la empresa se opone alegando que la República es un todo y como tal debe tenerse. Igualmente sostiene que Crystallex pasa por alto el amplio lenguaje legal que otorga inmunidad a los activos utilizados o destinados a ser utilizados con fines militares. El Ministerio de la Defensa pidió al tribunal desestimar la petición de Crystallex.

Por su parte, Crystallex sostiene que los fondos son única y exclusivamente propiedad del deudor, que en este caso es el Estado venezolano y que la cuenta se creó con un propósito comercial. Asegura que la cuenta está sujeta a ejecución bajo lo establecido en la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA).

Lo cierto es que tomando en cuenta el nuevo convenio comentado al principio de esta líneas y a lo poco que se conoce respecto a este acuerdo de conciliación alcanzado entre Crystallex y el gobierno venezolano, todas estas acciones legales quedan paralizadas, dado a que ese fue uno de los compromisos de la empresa canadiense. Solamente queda por esperar que Venezuela cumpla con su parte, pues de no hacerlo se expone a que Crystallex retome todas las acciones legales emprendidas para recuperar sus activos.