Caso Rothwell Energy Services LLC. contra CITGO: Los oscuros manejos en la adjudicación de contratos

Al menos dos altos ejecutivos de CITGO tendrán que testificar bajo juramento en un tribunal de Texas por haber estado en puestos claves de la corporación cuando se otorgó un contrato a la empresa Rothwell Energy Services LLC, una entidad vinculada a un familiar de un ex-presidente de CITGO.

Redacción ┊ Maibort Petit

Rothwell forma parte de una larga lista de compañías que lograron obtener de manera fraudulenta [y en base la pago de sobornos a funcionarios], negocios millonarios con la filial de PDVSA en Estados Unidos.

El 22 de marzo de 2019, Rothwell Energy Services LLC demandó a CITGO por incumplimiento de una parte de los pagos acordados por la venta de unas plantas desalinizadoras de agua que supuestamente serían instaladas en Venezuela.

El pleito legal tiene varios meses retrasado debido a la pandemia y a la negativa de CITGO de entregar al tribunal las fechas para la deposición de Rick Esser y Gina Coon, dos funcionarios involucrados en la transacción, que siguen trabajando en la filial de PDVSA, que está bajo el control del gobierno interino encabezado por Juan Guaidó.

La demanda civil está siendo procesada en la Corte del Condado de Harris, en Texas. Rothwell Energy Services LLC es una empresa incorporada en el registro de compañías del estado de Texas bajo el número 0801876159, el 31 October 2013, teniendo como domicilio fiscal la dirección: 408 west 17TH St, Suite 101, Austin, TX, 78701.

Los directores de Rothwell Energy Services LLC son Juan Carlos Hurtado Angarita y Claudia Acevedo. La entidad fue registrada en 2013, unos meses después de que Nelson Martínez fuera nombrado CEO de CITGO.

De acuerdo a los récords de CITGO [en poder de Venezuela Política], Rothwell fue agregada a la lista maestra de proveedores aprobados por CITGO sin cumplir con el proceso de debida diligencia que establece las reglas de corporación. 

Para el momento en que se produce la incorporación de Rothwell a la lista de proveedores de CITGO, los gerentes de adquisiciones eran Michael Ballantine y José Luis Zambrano.

Los récords evidencian que los mencionados funcionarios adjudicaron a Rothwell los contratos de adquisición de CITGO unos meses después de su fecha de registro.

«Rothwell se incluyó en los mismos paneles de licitación con otras empresas fantasma propiedad de Tulio Farías, Manuel Chinchilla De Silva, José Manuel González Testino, Roberto Rincón, Abraham Shiera, Ernesto Guevara y otros proveedores con fuertes vínculos con los directores de PDVSA y CITGO que han sido acusados de corrupción y violación de la Ley de Prácticas Corruptas por el gobierno de los Estados Unidos»

sostuvo una fuente interna de la corporación que declaró bajo condición de anonimato.

Durante 2014 y 2015, a Rothwell Energy Services LLC, se adjudicó contratos de adquisición en CITGO por aproximadamente USD.900 mil dólares, de acuerdo a los récords de la corporación.

Según los registros de CITGO, en 2017, José Pereira, Glenn Hilman, José Luis Zambrano, José Luis De Jongh y Brian Paulson asignaron más de USD 16 millones en contratos de adquisiciones a Rothwell, como entidad intermediaria, para la adquisición de los siguientes bienes:

  1. Enero de 2017: 170.000 monos de seguridad para PDVSA E&P Occidente por USD 4.139.500,00
  2. Abril de 2017: Plantas de agua por USD 6,3 millones
  3. Junio ​​de 2017: Cilindros y válvulas de gas por USD $ 5.692.500.

Siguiendo instrucciones de los gerentes de adquisiciones, los paneles de licitación fueron armados por Alejandro Sabatino, Laymar Peña y Marcos Bermudez, todos ellos en calidad de «Agentes de Adquisiciones del Proyecto Especial de CITGO«.

El esquema de manipulación de licitaciones a menudo incluía a los siguientes contratistas acusados de corrupción: Tradequip (Roberto Rincon), G&B Global (Ernesto Guevara y Charles Beech), Southern Procurement Services (Manuel Chinchilla), Yakima Trading Corporation (Samark López Bello), Stang Industrial Products (José Manuel González Testino), Rothwell Energy Services (Juan Carlos Hurtado Angarita) entre otros.

Como era de esperarse, la adjudicación de contratos fraudulentos a las empresas de maletín de los mencionados corruptos, se ejecutaban con complicidad interna. Testimonios internos confirman que «los procesos de licitación [presuntamente] fraudulentos fueron manipulados y respaldados por los gerentes de adquisiciones de CITGO de la época, a saber: Glenn Hilman, José Luis Zambrano, Brian Paulson, Gustavo Cárdenas y Laymar Peña».

Para el tiempo en que se aprobaron los contratos fraudulentos en el Departamento Legal de CITO estaba un funcionario llamado, Gene Riccetti, mientras que Rick Esser, ejercía como Oficial de Cumplimiento; Jennifer Moos, era la Asistente del Oficial de Cumplimiento y Presidenta del Comité de Adquisiciones de CITGO.

De acuerdo a las fuentes consultadas por Venezuela Política los mencionados funcionarios presuntamente «colaboraron para facilitar la aprobación ilegal de contratos corruptos, malversación, fraude y lavado de dinero».

Un funcionario recalcó que CITGO «No realizó la debida diligencia detallada en el caso de Rothwell Energy para identificar y documentar a los beneficiarios finales finales y evaluar el estado financiero, comercial y legal de la entidad«.

La fuente consultada sostiene que «Juan Carlos Hurtado Angarita es sobrino de Nelson Martínez, y a pesar que sabían que había un conflicto de intereses, el hecho fue ignorado y encubierto por los directores de CITGO».

Por su lado, Nelson Martínez [fallecido en 2018], Eulogio Del Pino y José Pereira[bajo arresto en Caracas] aprobaron los contratos definitivos.

Desde febrero de 2017 hasta agosto de 2018, [tiempo que incluye en posiciones de servicio a los funcionarios (ex): Glenn Hilman, José Luis Zambrano y José Pereira], «CITGO aprobó USD 10.6 millones en pagos para sobrino de Nelson Martínez, Juan Carlos Hurtado Angarita, según los registros internos».

Las fuentes consultadas sostiene que aunado al caso de Rothwell Energy, «Nelson Martínez, José Pereira y Glen Hilman [presuntamente] conspiraron para beneficiar a otras empresas fantasmas propiedad de personas corruptas con fuertes vínculos con el régimen de Maduro«.

Las transferencias bancarias fueron realizadas a cuentas bancarias en Panamá, Suiza y los EE. UU. «Los pagos fueron [presuntamente] procesadas por Gina Coon, Tesorera de CITGO«, acota la fuente.

La solicitud incómoda

En el caso de Rothwell Energy Services LLC vs. CITGO, los abogados de Rothwell/Juan Hurtado están solicitando las declaraciones de Glenn Hilman y Gina Coon, que durante el 2017 y 2018 junto a Nelson Martínez, José Pereira, José Luis Zambrano y Gustavo Cárdenas, [presuntamente] ayudaron a facilitar la aprobación ilegal de los Contratos y el lavado de dinero proveniente de las transacciones ilícitas.

Otra fuente destaca que a pesar de las denuncias de presunto fraude, corrupción y lavado de dinero de los funcionarios nombrados en que Gina Coon, Gene Ricetti, Rick Esser y Glenn Hilman [ahora consultor contratado] continúan como empleados y oficiales de CITGO bajo la administración de Luisa Palacios y Carlos Jordá.

Por su parte, José Pereira, José Luis Zambrano y Gustavo Cárdenas continúan bajo arresto in Venezuela.

La demanda en el tribunal de Texas

La demanda alega que CITGO incumplió y violó los términos de un contrato firmado entre las partes [en tiempos de la presidencia de Martínez]. El tribunal fijó el inicio del proceso de juicio para el mes de septiembre de 2020.

El demandante alega que CITGO también ha incumplido en coordinar las deposiciones de varios empleados, entre quienes se menciona a Rick Esser y Gina Coon.

Jennifer Moos y Alejandro Sabatino también tendrían que presentar su declaración jurada pero hasta ahora los testimonios pendientes son los de Esser y Coon.

El caso en la corte del condado Harris

El avance del caso de Rothwell se retrasó varios meses debido a que CITGO buscaba una orden de abatimiento debido a las sanciones impuestas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos.

De acuerdo a los documentos del caso, varios empleados de CITGO, junto a corruptos venezolanos —dueños de empresas de maletín, funcionarios del régimen de Nicolás Maduro y sus respectivos testaferros— están involucrados en este caso que también es objeto de investigación por parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

El hecho presuntamente ocurrió durante la gestión del fallecido Nelson Martínez —cuando este se desempeñaba como CEO de CITGO— y contempló y aprobó un proyecto de USD 100 millones para la empresa demandante, Rothwell Energy Services LLC, una entidad vinculada a un familiar directo del finado ejecutivo. 

 CITGO niega los alegatos de Rothwell

Los documentos presentados en la corte, muestran una comunicación enviada por CITGO, como respuesta a la solicitud de divulgación del demandante, Rothwell Energy Services LLC.

La filial de PDVSA en EE. UU. negó los cargos y las alegaciones contenidas en la petición original de la demanda, de conformidad con las disposiciones de la Regla 92 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas y exige una prueba estricta de las mismas.

 Asimismo, CITGO informó que PDVSA Petróleo S.A. tenía un interés en el contrato de servicio que constituye la base de la demanda y las plantas de agua que el mismo involucra, indicándose que al terminarse cada una de dichas plantas, se procedería a ejecutar una factura de venta y cesión entre Rothwell y PDVSA. Esto no habría ocurrido.

Del mismo modo, CITGO negó que le debiera dinero a Rothwell, no obstante, admitió que, si el Tribunal determina que se adeuda alguna cantidad, esto no será conforme a una cuenta jurada originalmente. 

En el proceso, CITGO presentó e incorporó una declaración jurada de la persona que conoce bien el proceso de pagos y de contratos de la corporación, Brian Boudreaux, en apoyo de la denegación del reclamo del demandante. 

CITGO argumenta que la deuda que se quiere cobrar Rothwell es ilegal, a la vez que alega que cualquier pago que CITGO haga a Rothwell en estos momentos, violaría las órdenes ejecutivas del gobierno de los EE. UU. números 13808 y 13850 que prohíbe transacciones con PDVSA y sus filiales por estar sancionadas.

CITGO explica en la moción que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU. sancionó el 28 de enero de 2019 a PDVSA, la empresa matriz indirecta de CITGO. Lo que significa que la propiedad de ambas empresas estatales venezolanas está bloqueada.

 «CITGO y Rothwell probablemente tengan prohibido realizar transacciones que involucren a PDVSA sin una licencia de la OFAC que autorice la transacción«, dice la comunicación.

Debido a que PDVSA es el usuario final previsto y el beneficiario de los sistemas de agua, los pagos que busca Rothwell no se pueden realizar ni aceptar bajo las sanciones de los EE. UU., puesto que la empresa estatal venezolana podría someter a CITGO y Rothwell a sanciones penales y civiles, según la legislación estadounidense.

Sostiene que la Orden Ejecutiva 13808 prohíbe cualquier transacción relacionada con la deuda de CITGO con vencimiento superior a 90 días, incluidas las facturas con antigüedad superior a dicho término, si PDVSA está involucrada. Como resultado, el pago de las facturas que se alegan en la demanda y la aceptación de dichos pagos sin la autorización del gobierno de los EE. UU. volvería a someter a CITGO y Rothwell a importantes sanciones civiles y penales de acuerdo a las leyes de los EE. UU.

CITGO reitera que los pagos a Rothwell, en razón de las órdenes ejecutivas 13850 y 13808, no pueden hacerse puesto que el acuerdo establece que la demandante debe cumplir con todas las leyes, reglas, regulaciones, ordenanzas y requisitos de nacionales, estadales y locales, o de organismos reguladores sobre cualquier aspecto de la obra en Venezuela.

También CITGO afirma que la disposición de fuerza mayor en el acuerdo le impide realizar pagos a Rothwell mientras las sanciones de EE. UU. estén vigentes.

CITGO sostiene que ya pagó a Rothwell USD 5.027.025 por los servicios prestados y el equipo provisto en virtud del acuerdo, pero la demandante le ha entregado ningún estado de cuenta o recibo de que se hayan realizado compensaciones, pagos y créditos justos y legales.

Igualmente, CITGO niega que Rothwell haya cumplido con todos los requisitos para que emitirle el pago de los montos que solicita el demandante.

Por otra parte, CITGO asegura que Rothwell no ha certificado que se haya pagado a todos los subcontratistas, personal, proveedores y vendedores, y que se hayan liberado todos los enlaces, tal como lo plantea el acuerdo. Además, Rothwell no ha indicado que se hayan cumplido todos los criterios de prueba de rendimiento sobre el trabajo por el que solicita el pago, o que se haya proporcionado la documentación de rotación y cierre del proyecto.

CITGO dice que el Acuerdo entre las partes prohíbe el lucro cesante o los daños emergentes solicitados por Rothwell fuera de los montos ya incluidos en los programas de compensación de las partes.

Asimismo, CITGO exige un juicio con jurado y que el tribunal dicte sentencia y establezca que el demandante pague los costos del proceso judicial y otorgue al demandado todas las demás reparaciones a las que tiene derecho.

La declaración de Bourdeaux

En la documentación del caso aparece una declaración jurada de Brian Boudreaux, Gerente de Proyectos Senior/Consultor Técnico, Inspecciones de Refinación, Generación de Energía y Turbinas de Gas, Instalaciones de Tratamiento de Agua-Agua Residual/Pulido BFW/RO/EDI UltraPure/SWROS para RECON Management Services, Inc.

Esta última empresa se desempeña como agente y consultor de CITGO en proyectos relacionados con refinación, generación de energía, turbinas de gas y SWROS.

Boudreaux afirma que fue empleado de CITGO durante más de tres décadas, más recientemente como Gerente de Proyectos de Capital.

Sostiene que desde su puesto con Recon, trabajó en estrecha colaboración con CITGO en el Acuerdo de contrato de servicio de ósmosis inversa de agua salada para la construcción e implementación de las instalaciones de SWROS en Venezuela, que es el objeto de la demanda de Rothwell contra CITGO. PDVSA, como ya se apuntó, tiene interés final en las plantas desalinizadoras de SWROS.

Afirma que le ha correspondido «negociar ciertas partes del Acuerdo relacionadas con el control de calidad y el pago» y aseguró que para que «CITGO pague una factura, los servicios y equipos brindados, y en general, el trabajo, se deben cumplir con varios criterios para que se emita el pago».

Brian Boudreaux asegura que es «la persona encargada de hacer la revisión técnica de primera línea a las facturas y documentos relacionados que Rothwell envía a CITGO para su pago». «En otras palabras, ayudó a determinar qué pagos vencen y si las cantidades que busca Rothwell son justas y verdaderas».

Suspensión temporal de la demanda

El 24 de mayo de 2019, el juez Roberto Schaffer, del 152 Tribunal del Distrito Judicial, ordenó la suspensión temporal de la demanda hasta que se levantaran las órdenes ejecutivas que imponen sanciones, o hasta que Rothwell solicite y reciba una licencia de la OFAC que permita que la demanda prosiga y pueda solicitar los pagos que reclama en esta demanda.

Trabajo conjunto

Posteriormente, el demandante Rothwell Energy Services, LLC y la demandado CITGO, presentaron conjuntamente una moción pidiendo a la corte continuar el proceso y fijar la fecha del juicio.

Rothwell manifestó que también intentó durante la pandemia de COVID-19 «trabajar conjuntamente de buena fe con el demandado en la etapa de descubrimiento del proceso judicial».

La demandante, que considera necesario avanzar en el litigio, presentó ante el tribunal una moción para que se obligue a CITGO a responder de inmediato y que presente los documentos que mantiene retenidos.

Rothwell envió a CITGO una carta el 14 de enero de 2020 solicitando un registro de privilegios modificado, solicitud que ha reiterado el 16 de enero, el 5 de febrero, el 7 de febrero, el 21 de febrero, el 27 de febrero, el 25 de marzo y el 2 de junio.

Entretanto, CITGO ha indicado en varias ocasiones que publicará un registro de privilegios enmendado. Esto lo prometió el 21 de enero, el 24 de enero, el febrero 27 y el 25 de marzo de 2020.

Las peticiones de Rothwell

Rothwell pidió que CITGO que entregara las declaraciones de Gina Coon y Glenn Hilman, ambos ejecutivos de la corporación en la época del contrato.

Incluso, en razón de la pandemia del Covid 19, el 18 de marzo de 2020, Rothwell le manifestó a CITGO su disposición a que las declaraciones de Coon y Hilman se hicieran de manera virtual. El 24 de marzo, CITGO respondió que no estaría en condiciones de seguir adelante con las declaraciones, ni personal ni virtualmente, dada la incertidumbre de la pandemia. Rothwell acordó posponer las declaraciones.

El intercambio de comunicaciones prosiguió para intentar llegar a un acuerdo, sin éxito.

Rothwell acotó que «es fundamental programar las declaraciones de Coon y Hilman, así como de otros testigos de CITGO que son relevantes».

En consecuencia, Rothwell pidió al Tribunal que le conceda la moción para exigir a CITGO que produzca de inmediato un registro de privilegios enmendado, todos los documentos que respondan a las solicitudes de producción, presente a Coon y a Hilman para la deposición y participe adecuadamente en todo el proceso de descubrimiento de la demanda.

La respuesta de CITGO a la moción del demandante fue que Coon podría presentar la deposición el 9 o 10 de septiembre, mientras que Hilman lo haría el 22, 23 o 24 de septiembre. Estas fechas son el producto de los diversos compromisos profesionales y personales de los testigos y consejo.

A la afirmación del demandante sobre la negación a comprometerse a participar en deposiciones más allá de las de Coon y Hilman, CITGO aseguró que ya ha proporcionado fechas para un tercer testigo que el demandante busca deponer y está listo para hacerlo bajo las Reglas de Procedimiento Civil de Texas.

Igualmente, CITGO cree que su registro de privilegios original era adecuado, pero si debe complementarlo cumplirá con la solicitud del Demandante de modificar el registro para proporcionar información adicional también.

CITGO pidió a la corte negar la moción del demandante en razón de que sus planteamientos son discutibles.

El tribunal aprobó moción de Rothwell y  ordenó lo siguiente:

  1. CITGO producirá un registro de privilegios relacionado con todas las producciones de documentos dentro de los catorce (14) días.
  2. CITGO se compromete a producir los documentos faltantes o los documentos complementarios en respuesta a las solicitudes anteriores de producción de Rothwell dentro de los catorce (14) días.
  3. CITGO proporcionará fechas para las deposiciones de Glenn Hillman y Gina Coon dentro de una semana (7 días).
  4. CITGO proporcionará fechas para testigos adicionales identificados por el Demandante dentro de los catorce (14) días posteriores a la identificación de los testigos por parte del Demandante.

Plantas desalinizadoras: una promesa que se volvió sal y agua

El contrato alegado en la demanda de Rothwell contra CITGO tiene que ver con un anuncio hecho el septiembre de 2017 por Nicolás Maduro, de que a través PDVSA y el Ministerio de Ecosocialismo y Agua (Minea), comprarían e instalarían 116 plantas desalinizadoras para los estados Falcón, Nueva Esparta, Anzoátegui, Miranda, Vargas y Sucre, con el objeto de solucionar los problemas de acceso al agua potable en esas regiones.

La inversión anunciada era de USD 206 millones y para diciembre de dicho 2017, las plantas debían estar instaladas, pero un año después, solo un estimado de 25 plantas estaban instaladas en seis de los estados anunciados y únicamente 10 efectivamente funcionaban.

PDVSA informó que el proyecto estuvo a cargo de Ronald Theis, gerente de proyectos de la petrolera y CITGO, junto a Carlos Brett, director general de Políticas Públicas del Ministerio de Petróleo. Sobre Brett pesa una orden privativa de libertad emitida por el fiscal, Tarek William Saab, por su participación en una compra irregular de camiones cisternas para combustible. CITGO se vio involucrada en la compra y no Bariven, dado los problemas financieros que esta última presentaba.

Una nota de El Pitazo refiere que según fuentes internas a CITGO dijeron que los responsables directos de la compra de las plantas serían Laimar Peña, supervisora de la empresa, con la aprobación de José Luis Zambrano, vicepresidente de Servicios Especiales. En la compra no se habría incluido la oferta del único fabricante reconocido de plantas desalinizadoras que ofertó y, al declararse la adquisición como una emergencia, la compra se hizo sin supervisión y sin revisar la confiabilidad de los proveedores[1].

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *