Aplazar la próxima audiencia del juicio a Nicolás Maduro y Cilia Flores pidió la fiscalía de los Estados Unidos al juez, Alvin Hellerstein, titular del Tribunal para el Distrito Sur de Nueva York donde se desarrolla el proceso judicial contra el exdictador venezolano.
El gobierno propuso mover la conferencia de estatus del 30 de junio al 22 de julio de 2026 debido a complicaciones logísticas y de seguridad relacionadas con el traslado de los implicados.
Asimismo, solicitó formalmente que este periodo de espera sea excluido del cronograma establecido por la Ley de Juicio Rápido para permitir el intercambio de pruebas.
Pedido de aplazamiento
El 15 de junio de 2026, la Fiscalía de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York presentó una solicitud formal ante el juez, Alvin K. Hellerstein, para aplazar la conferencia de estado programada en el proceso de juicio a Nicolás Maduro y Cilia Flores de Maduro que se libra en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.
La petición busca reprogramar la audiencia del 30 de junio al 22 de julio de 2026, citando desafíos logísticos significativos relacionados con la seguridad y el transporte seguro. La defensa otorgó su consentimiento para este aplazamiento y para la exclusión del tiempo correspondiente bajo la Ley de Juicio, con el fin de facilitar el intercambio y revisión de pruebas documentales.
El gobierno pidió pautar la sesión prevista para el 30 de junio de 2026 sea trasladada al 22 de julio de 2026 a las 12:00 p. m., fecha que se considera conveniente para el tribunal.
La fiscalía argumentó que el aplazamiento es imperativo para resolver «problemas de programación y logística en relación con la prestación de transporte seguro y seguridad» para la fecha originalmente prevista del 30 de junio. El documento enfatiza la necesidad de garantizar medidas de seguridad adecuadas durante el traslado de los implicados.
Los abogados defensores de ambos acusados, Maduro Moros y Flores de Maduro, informaron formalmente al gobierno que consienten tanto el aplazamiento de la audiencia como la exclusión del tiempo bajo la Ley de Juicio Rápido.
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