La mujer, quien es actualmente la Gerente de Servicios Legales y de Asuntos Públicos Chevron Phillips Chemical Company aspira una compensación superior a los 25 mil dólares.
Por Maibort Petit
@maibortpetit
La ex-Gerente Comercial de Asuntos Jurídicos de CITGO Petroleum Corporation demandó a la filial de PDVSA en Estados Unidos y a otras individuos por discriminación de origen nacional, acoso y represalias. El caso fue interpuesto en la Corte del Estado de Texas en el Condado de Harris el 1 de octubre de 2019.
La ex-gerente, Natasha Y. Williams demandó a otras personas marcadas con la siglas DOES-1-100, que representa marcadores de posición para individuos y/o empresas que pueden estar incluidos en una querella pero que aún no han sido identificados. El uso de «1-100» en un caso particular significa que hay hasta 100 partes adicionales (acusados ficticios) en la acción legal que aún no se conocen.
Williams —quien trabajó en CITGO por 11 años y 6 meses, y ocupó la Gerencia Comercial de Asuntos Jurídicos desde julio de 2013 hasta enero de 2019 —sostiene en la demanda que no está al tanto de los verdaderos nombres de los acusados y de la capacidad que tenían esas personas y entidades de negocios, vinculadas al acusado[CITGO] por lo que solicita a la corte que inserte los verdaderos nombres de tales entes en la acción legal.
La querella civil acusa que Williams fue víctima de discriminación por Origen Nacional por parte de sus superiores venezolanos en CITGO, y que el trato discriminatorio violó su derecho a tener las mismas oportunidades de empleo que cualquier otra persona independiente de su nacionalidad.
La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, tal su sigla en inglés) hace cumplir la prohibición de discriminar por origen nacional en el empleo conforme al Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. El Título VII se aplica a patronos con 15 o más empleados.
La discriminación por origen nacional significa tratar a alguien de manera menos favorable porque él o ella provienen de un lugar en particular, por su grupo étnico o acento o porque se cree que tienen antecedentes étnicos particulares.
Williams alega que cuando estaba trabajando el CITGO fue tratada de manera discriminatoria y en un ambiente hostil por su superior, Judi Colbert quien seguía direcciones del Departamento de Asuntos Legales de CITGO, dependiente de la Vicepresidencia Asuntos Legales, que ocupada el ciudadano venezolano, Alejandro Escarrá para el momento de la alegación presentada en corte.
Explica la demanda que en el primer trimestre de 2015, Williams proveyó soporte y guía a la Gerente de Asuntos Paralegal y Consejera, Yolly Francis Castellano, quien es venezolana que actuaba como nueva supervisora del departamento.
Sostiene Williams que su caso fue documentado en un Reporte Anual EDP de 2015 hasta 2018, hasta que la acusada se retiró de CITGO en enero de 2019.
Entre los argumentos que se exponen en la demanda se señala que Williams no era tomada en cuenta de manera igualitaria para los trabajos de equipo; que el trabajo no se distribuía de manera equitativa entre los empleados; que fue relegada de las tareas que debía cumplir por ser responsabilidad de su posición; de haber sido trasladada a una oficina sin ventanas entre otros alegatos por el hecho de no ser venezolana.
La demandante sostiene que fue tratada diferente a sus compañeros de trabajo venezolanos, y que Judi Colbert le daba tratamiento preferencial para a los trabajadores provenientes de Venezuela para ganar prebendas con su jefe que también era venezolano. Este tipo de conductas ocurrió repetidamente desde 2015 a 2018, según los documentos de la corte.
En la demanda aparece mencionadas otras empleadas de la Corporación, tales como: Liliana Torres, Jose De Jongh, Pavlova Brizuela, Sherry Kalas, entre otros.
En las alegaciones se señala que Liliana Torres, prestaba ayuda administrativa al VP de Asuntos Legales, Edoardo Orsoni, era tratada diferente por ser venezolana.
La demanda sostiene que los acusados y los empleados la discriminaron por su condición racial lo cual viola la ley y el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1963.
Las acciones de los empleados acusados fueron expuestas en diferentes ocasiones y como resultados de la discriminación la demandante sufrió serios daños y heridas por lo cual aspira a una compensación por un monto que excede los USD 25 mil.
Hasta el momento CITGO no ha emitido comentarios sobre esta querella.